- El nacimiento de los hijos(as) de ciudadanos(as) venezolanos(as) nacidos en el exterior debe registrarse ante la Sección Consular de la Embajada de Venezuela.
Esta gestión debe realizarse personalmente, asegurando la presencia de ambos padres, para lo cual es necesario hacer una cita previa.
Requisitos:
- Presentar tres originales del Acta de Nacimiento expedida por las autoridades danesas, debidamente apostillada* por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca.
- Presentar los pasaportes de los padres del menor.
- Copia del Acta de Matrimonio si los padres son casados.
- Autorización debidamente notariada del representante ausente, en caso que sea un solo representante (padre o madre) el que acuda a la cita.
- Tres copias de la partida de nacimiento del progenitor que genera la nacionalidad venezolana.
- En caso de que uno de los padres sea venezolano por naturalización deberá incluir copia de la Gaceta Oficial donde figura su nacionalización.
Este trámite es gratuito.
* A partir del 1ro. de enero de 2007, entró en vigor en Dinamarca la Convención de La Haya sobre legalización de documentos públicos. A través de la denominada Apostilla de la Haya un país parte de este convenio reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido en otro país también parte de dicha convención.
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